Colegio de Ópticos de la Provincia de Buenos Aires – COPBA

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Institucional

Tribunal de disciplina

PRESIDENTE Marcelo Alejandro Centurión MP 315
SECRETARIA María Laura Bracchi MP 59
1º VOCAL TITULAR Alejandro Javier Boidi MP 3051
2º VOCAL TITULAR Mariana Etel Vivaldi MP 1921
3º VOCAL TITULAR Ana María Troia MP 426
1º VOCAL SUPLENTE Jorge Roberto Bassi MP 730
2º VOCAL SUPLENTE Horacio Nicolás Torres MP 529
3º VOCAL SUPLENTE Mónica Liliana Addesso MP 966

COMO FORMULAR UNA DENUNCIA

REQUISITOS.

Para denunciar a un matriculado de este Colegio profesional será necesario e imprescindible:

  1. Presentar un escrito, debidamente fundado, en la sede del Colegio o en sus delegaciones, con la firma del denunciante.
  2. El escrito deberá explicitar con claridad los hechos que al entender del denunciante configuran la falta del denunciado.
  3. Se deberá consignar, asimismo, el nombre y el domicilio del denunciante y el nombre y domicilio del denunciado.
  4. Se deberá acompañar la prueba documental y se ofrecerá, también, la restante prueba que a juicio del denunciante resulte suficiente para acreditar los hechos denunciados.

 

DENUNCIAS INADMISIBLES.

Si la denuncia resultare manifiestamente inadmisible el tribunal en pleno podrá, por resolución fundada, advertir y/o apercibir, conforme al art. 35 inc. a y b de la ley 10.646, al óptico denunciante.

Se deja expresamente aclarado que este Colegio no dará curso a las denuncias que no cumplan con los recaudos enumerados con anterioridad.